La idea clave

Para resolver una importación, identifica el régimen, los conceptos y cuándo se cobran. En este ejercicio, el mismo precio inicial da resultados distintos si el derecho y la tasa se cobran al vender por IOSS o después.

El criterio que aplicamos en el ejercicio

El 9 de octubre de 2026, la AEAT comunicó una rectificación del criterio explicado en su seminario del día 1: la inclusión de la tasa de gestión aduanera en la base del IVA debe atender a los matices de las guías europeas revisadas. Anunció también una próxima actualización de H7 y H1, sin concretar fecha en esa nota.

Recurso original de 60 minutos para Comercio Internacional y Transporte y Logística. El objetivo es justificar una base imponible y separar pago al vendedor y pago al importar. Los supuestos simplifican una operación para el aula; no son una liquidación aduanera ni reproducen ejercicios o solucionarios privados del manual.

Ficha, solución y hoja de cálculo

Primero resuelve la ficha. Después usa la hoja de cálculo para comprobar cada escenario y explica las diferencias con la guía docente. Las versiones Word permiten adaptar el ejercicio; los PDF están preparados para imprimir. La hoja XLSX contiene entradas editables, un selector de escenario y fórmulas visibles.

Qué cambia en las pruebas H1 de la AEAT

El 14 de octubre de 2026, la AEAT publicó una nueva versión de la información complementaria H1. La nota habilita pruebas de comercio electrónico para las posiciones 9603409000, 9612101010 y 4820200000: permiten ensayar la medida arancelaria con identificadores de producto y la tasa de la Unión con la referencia adicional Y126. En esa implementación de pruebas, la tasa se incluye en la base imponible del IVA.

Actividad de lectura: identifica qué permite probar la nota, qué código menciona y qué falta verificar antes de afirmar que la tasa se cobra en una operación real. Registra fuente, fecha, entorno de pruebas y comprobaciones pendientes junto a la solución numérica.

Qué conceptos hay que distinguir

ConceptoDato del casoQué debes comprobar
Mercancía sin IVA90,00 €Precio del bien y valor intrínseco asumido.
Transporte sin IVA10,00 €Se factura separado y llega al primer destino en España. Se incluye en los 100 € del ejercicio.
Derecho aduanero temporal3,00 €Se supone aplicable a un único item y a un envío que cumple sus condiciones.
Tasa de gestión de la Unión2,00 € simuladosEs el importe usado en la previsión europea. Distinguirlo de una comisión comercial del transportista.
IVA21 % fijado para el ejercicioIdentificar qué base corresponde y evitar cobrarlo dos veces.

Un item no equivale automáticamente a una unidad física o a un paquete: la guía lo define mediante las características de las mercancías declaradas. Para concentrarnos en el IVA, el caso fija un solo item. No extrapoles los 3 € y 2 € a cualquier envío ni uses esta hoja para decidir clasificación, preferencias o admisibilidad de una declaración.

Caso de compra internacional de Aula Comercio

Una persona consumidora en la península española compra un bien a Aula Comercio, vendedor ficticio situado fuera de la UE. La factura separa mercancía de 90 € y transporte de 10 €, ambos sin IVA. El bien se envía desde un tercer país al primer destino en España y se despacha a libre práctica. No existen otros gastos, seguros, descuentos ni ajustes.

El supuesto fija un valor intrínseco de 90 €, valor en aduana de 100 € y base previa a derecho y tasa de 100 €. Se trata de un solo item, sin impuestos especiales ni preferencias arancelarias. El envío cumple las condiciones que permiten usar el derecho temporal de 3 € también en las variantes sin IOSS. Cada escenario es una alternativa completa: no se mezclan regímenes dentro de una misma operación.

EscenarioRégimenCuándo paga el consumidor el derecho y la tasa
AIOSSEl vendedor cobra ambos importes al aceptar el pedido.
BIOSSEl consumidor los paga después, al importar; no se incorporan al precio cobrado por el vendedor.
CAcuerdos especiales (SA)Después, al importar. El operador recauda el IVA de importación.
DProcedimiento normalDespués, al importar. Se liquida IVA de importación.

Cómo resolverlo y comprobar las cifras

La guía de IVA distingue la venta por IOSS, cuya importación está exenta, de SA y el procedimiento normal, donde existe IVA de importación. En IOSS, los cargos cobrados al consumidor al vender forman parte de la contraprestación. Si se exigen después al importar, no generan IVA de importación bajo esa exención. En SA y normal se añaden a la base del IVA de importación. Consulta las condiciones completas en las fuentes.

  1. Clasifica cada importe y anota el régimen. Localiza en la guía el apartado que justifica tu decisión.
  2. Parte de los 100 € definidos para el caso. Decide si incorporas 3 € y 2 € a la base que estás calculando y explica por qué.
  3. Calcula la cuota al 21 %, redondeando a dos decimales. Distingue IVA de la venta e IVA de importación.
  4. Separa pago al vendedor y pago posterior. Suma ambos una sola vez para obtener el desembolso total.
  5. Comprueba los cuatro escenarios con el selector de la hoja y registra fuente, versión y condiciones. La hoja no decide si un régimen es admisible.
EscenarioBase del IVACuotaPago al venderPago posteriorTotal
A · IOSS, cargos al vender105,00 (venta)22,05127,050,00127,05
B · IOSS, cargos después100,00 (venta)21,00121,005,00126,00
C · SA105,00 (importación)22,05100,0027,05127,05
D · Normal105,00 (importación)22,05100,0027,05127,05

En A, la base es 90 + 10 + 3 + 2 = 105 €; la cuota, 105 × 0,21 = 22,05 €. En B, se cobran 100 × 0,21 = 21 € de IVA de la venta y después los cargos de 5 €. En C y D, 100 € se pagan al vendedor y 3 + 2 + 22,05 = 27,05 € al importar. La diferencia de 1,05 € entre A y B responde a los supuestos de cobro elegidos; no demuestra que se pueda elegir libremente un régimen para reducir un impuesto.

Para una segunda ronda, modifica solo la tasa simulada a 0 € y vuelve a calcular. Después cambia la mercancía a 120 € manteniendo el resto. Anota qué resultados cambian y qué condiciones tendrías que volver a comprobar. No uses 0 € como afirmación de que existe una exención general de la tasa.

Organización y evaluación de la actividad

  • 10 minutos: leer el caso, los conceptos y las fuentes.
  • 20 minutos: completar bases, cuotas y pagos de A a D sin la solución.
  • 15 minutos: contrastar con la hoja y justificar las diferencias.
  • 15 minutos: defender una respuesta y registrar lo que falta verificar antes de un uso real.

Entrega la ficha con los cuatro escenarios y una justificación breve por fila. La guía docente valora cuatro criterios de 0 a 2 puntos: interpretación del caso, base y cuota, conciliación de pagos, y uso de fuentes y fechas. Máximo 8 puntos. Comparte los criterios antes de comenzar.

Registro de fuentes y revisiones

Versión del recurso: 15 de octubre de 2026. Se incorpora la novedad H1 de la AEAT del 14 de octubre. Los cálculos conservan los supuestos y el tratamiento por régimen del addendum de IVA revisado el 6 de octubre y la guía aduanera de 5 de octubre; no cambian por la habilitación de pruebas. La fecha que aparece dentro de un documento identifica su versión, aunque el nombre del archivo sea anterior.

  • Antes de aplicarlo a una operación real, confirmar publicación y aplicación del acto que regula la tasa; el 1 de noviembre se conserva como previsión de las fuentes citadas.
  • Contrastar la versión H1 y su separata 38 con las instrucciones operativas vigentes; comprobar por separado H7 y el paso de pruebas a producción.
  • Adaptar la actividad al grupo y contrastar con una persona competente los supuestos, conceptos, tipo y territorio antes de trasladarlos a operaciones reales.
  • Si cambian las reglas o el caso, actualizar artículo, ficha, solución y hoja de cálculo con la misma fecha de revisión.

Preguntas frecuentes

¿Las pruebas H1 con Y126 demuestran que la tasa ya se cobra?

La nota de la AEAT del 14 de octubre describe un entorno de pruebas. Para afirmar un cobro efectivo hay que comprobar la normativa aplicable, su fecha de aplicación y las instrucciones de producción. El ejercicio de 2 € sigue siendo una simulación.

¿La tasa de 2 € es la comisión que cobra una empresa de transporte?

No. Aquí representa la tasa de gestión de la Unión descrita en la guía. Una comisión comercial por servicios de un operador es otro concepto, con condiciones y tratamiento propios, excluido de este caso.

¿Se añade siempre el derecho y la tasa a la base del IVA?

Hay que identificar el régimen y las condiciones de cobro. Las alternativas IOSS del caso dan bases distintas; SA y el procedimiento normal calculan IVA de importación. La guía oficial desarrolla los matices.

¿Puedo usar la hoja para cualquier envío?

La hoja se limita al caso didáctico de un único item y a las condiciones expresamente asumidas. No clasifica mercancías, no valida IOSS, no calcula preferencias ni sustituye una declaración o liquidación real.

Fuentes y fecha de revisión

Fuentes consultadas para esta guía. Revisa la información oficial cuando vayas a aplicarla.

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